Tengo entendido por uds que un embargo aplica solo en caso de haber PERDIDO un juicio el cual a su vez debe iniciar con notificacion apropiada, etc, etc. Sin embargo, he escuchado acerca del embargo sorpresa en varias ocasiones. Me pueden indicar si esto realmente aplica y como funciona? que defensa tengo? lo pueden hacer realmente? Agradezco sus comentarios