En ambos casos los familiares no tienen la obligación de cubrir la deuda que había en la cuenta al momento del fallecimiento, pero sí de notificar en los siguientes 180 días el deceso del interesado”,.
Tengan mucho cuidado por qué nunca te hacen válido el seguro y quieren que tu pagues la cuenta
Mi madre falleció entregue la documentación en el tiempo específico y ma traían de vuelta y vuelta que le hacían falta papeles que no saben ni dónde se tramitan yo me asesore con ún abogado y no estoy obligada a pagar yo entregué sus papeles y me salen los del seguro que como lo aceptaron esos papeles como válidos tengo que pagar
Elektra es un fraude