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 PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA

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buburock
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MensajeTema: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeJue Dic 11, 2008 3:38 pm

ESTIMADOS AMIGOS, YO AUN NO RECIBO LLAMADAS DE NINGUN DESPACHO PERO ESTOY PREPARANDOME PORQUE NO DUDO QUE PRONTO OCURRIRAN POR ESO ME SURGEN MUCHAS PREGUNTAS COMO ESTAS ¿LOS BANCOS NOTIFICAN POR ESCRITO QUE TAL O CUAL DESPACHO DE COBRANZA SE HARA CARGO DE LA MISMA? DE NO RECIBIR ESTA NOTIFICACIÓN POR ESCRITO ¿NO TENGO DERECHO A NO RECONOCER A NINGÚN DESPACHO Y A EXIGIRLES QUE DEJEN DE LLAMAR EN TANTO NO ME DE POR NOTIFICADO? PUES CREO QUE PUEDO PENSAR QUE SE TRATE DE UNA EXTORSIÓN, DE UN CHANTAJE O DE UNA BROMA. Y NO SOLO ESTO, SI NO ME DOY POR NOTIFICADO POR EL BANCO HASTA NO RECIBIR ESTA NOTIFICACIÓN CON ACUSE DE RECIBO, ES DECIR EN TANTO NO FIRME UNA CARTA DE RECIBIDO, EL BANCO NO PUEDE COMPROBAR QUE ME NOTIFICO ¿NO ES ASI?
Y OTRA PREGUNTA PARA LOS EXPERTOS, SI LO DESPACHOS DE COBRANZA HACEN ALUSIÓN A LOS SALDOS, PAGOS MÍNIMOS, ETC, O SI EL COBRADOR LLAMA A MI TRABAJO O CASA Y DA DATOS A OTRAS PERSONAS, AUQNUE SEAN FAMILIARES, SOBRE LO QUE DEBO ¿NO SIGNIFICA QUE EL BANCO O EL COBRADOR ESTA VIOLANDO EL SECRETO BANCARIO?

DE ANTEMANO GRACIAS POR SU ATENCIÓN.

LES MANDO SALUDOS A TODOS Y LOS INVITO A QUE PROMOCIONEMOS ESTE BENDITO FORO CON TODOS LOS QUE ESTAN A NUESTRO ALREDEDOR.
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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeJue Dic 11, 2008 3:50 pm

Hola buburock.

Ok, te doy respuesta a tus dudas:

¿LOS BANCOS NOTIFICAN POR ESCRITO QUE TAL O CUAL DESPACHO DE COBRANZA SE HARA CARGO DE LA MISMA?

No, no te dan nada, pero si hablas para preguntarle al banco, te confirmaran e informaran, cual despacho lleva tu cartera vencida.


DE NO RECIBIR ESTA NOTIFICACIÓN POR ESCRITO ¿NO TENGO DERECHO A NO RECONOCER A NINGÚN DESPACHO Y A EXIGIRLES QUE DEJEN DE LLAMAR EN TANTO NO ME DE POR NOTIFICADO? PUES CREO QUE PUEDO PENSAR QUE SE TRATE DE UNA EXTORSIÓN, DE UN CHANTAJE O DE UNA BROMA.



Desafortunadamente, al firmar el contrato y/o hacer uso de la tarjeta, aceptas que el banco podra contratar a 3os para que recuperen su cartera vencida y que este, no tendra obligacion de notificarte de esto.

Citación :
CLAUSULA DÉCIMA NOVENA.—


Conforme a lo establecido en el artículo 299 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el CLIENTE faculta expresamente al BANCO para ceder los derechos del presente contrato o descontar los títulos de crédito y demás documentos que acrediten los adeudos de aquél para con éste derivados de la presente apertura del Crédito, sin que ello implique una novación del Crédito.


SI NO ME DOY POR NOTIFICADO POR EL BANCO HASTA NO RECIBIR ESTA NOTIFICACIÓN CON ACUSE DE RECIBO, ES DECIR EN TANTO NO FIRME UNA CARTA DE RECIBIDO, EL BANCO NO PUEDE COMPROBAR QUE ME NOTIFICO ¿NO ES ASI?


Desafortunadamente, por lo entreiormente expuesto no es necesario que confirmes nada con firma autografa.


Y OTRA PREGUNTA PARA LOS EXPERTOS, SI LO DESPACHOS DE COBRANZA HACEN ALUSIÓN A LOS SALDOS, PAGOS MÍNIMOS, ETC, O SI EL COBRADOR LLAMA A MI TRABAJO O CASA Y DA DATOS A OTRAS PERSONAS, AUQNUE SEAN FAMILIARES, SOBRE LO QUE DEBO ¿NO SIGNIFICA QUE EL BANCO O EL COBRADOR ESTA VIOLANDO EL SECRETO BANCARIO?

Esto si es verdad, pero, desafortunadamente, no hay autoridad que asegure castigo ante esta -claramente- acción ilegal.


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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeJue Dic 11, 2008 8:24 pm

GRACIAS POR TUS RESPUESTAS ANGEL.
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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeJue Dic 11, 2008 10:37 pm

Existen muchas clausulas de los contratos de Tarjeta de Credito que de algun modo violan leyes superiores. Un contrato, reglamento, o ley local no puede brincarse una ley superior como la constitución por citar un ejemplo. La ley prohibe que se venda la cartera vencida a terceros y aplica para creditos otorgados despues de 2007 asi que pudieras estar en ese caso, ojala pues el contrato al menos en esa clausula ya estaria a tu favor si salen con esa marrulleria.
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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeVie Dic 12, 2008 11:44 am

Lo malo Raven, son los "agujeros" legales, pues si bien es TOTALMENTE ANTICONSTITUCIONAL la venta de cartera, no lo es el "contratar" a terceros para realizar dicho cobro y eso es lo que especifica la clausula.


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MensajeTema: En que momento empiezan a llamar los Despachos?   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeMar Mar 24, 2009 10:43 am

Tengo una duda! :confundido:

En específico:

Mi último pago lo realicé el 23 de Diciembre de 2008.

Ya NO realicé el pago el 23 de Enero de 2009.

Los tres meses en Cartera Vencida cuentan a partir del 23 de Diciembre o de Enero???

Los despachos me van empezar a llamar a partir de hoy 24 de Marzo de 2009 o

hasta el siguiente mes ( 24 de Abril de 2009 ).

Estos es para irme preparando!!!
:face:



Gracias!
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MensajeTema: Negociaciones!   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeMar Mar 24, 2009 11:03 am

Ahhh!!!

Y También la negociaciones a partir de cuando las podre hacer???

Salu2

:lol!:
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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeMar Mar 24, 2009 11:12 am

Si lo esta violando mi estimado pero la desventaja es que la comprobación de este tipo de acusación se tendría que hacer mediante una averiguación previa que generaría muchos gastos tanto para ti como para las otras personas .
El secreto bancario se violaría bajo una terminología como muy vana sin bases como según ellos no pueden preguntar de banco a banco si tu tienes dinero en una cuenta y eso , (para ellos ahí si es violar el secreto bancario )pero bueno ya sabes que siempre van hacer lo que mas les convenga para poder obtener lo que ellos quieren .
Los despachos no te notifican por un escrito hasta después de un tiempo para poder hacer algún tipo de presión hacia tu persona.
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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeMar Mar 24, 2009 11:14 am

Tus pagos vencidos empiezan desde el momento que dejaste de pagar mi estimado , si te refieres a caer en mora entonces lo que pasa es que después de 3 mese mas 1 día te vuelves moroso.
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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeMar Mar 24, 2009 11:16 am

Ho hay una fecha exacta para poder hacer las negociaciones , si no ahí mas bien tenemos que tener una muy buena comunicación para saber cuando tu tienes dinero para que nosotros podamos ofertar y así tu puedas poder obtener el mejor descuento.
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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeMar Mar 24, 2009 11:16 am

Amigo GCONTLA,

Reforzando lo que Eduardo te comenta:

La MORA de forma LEGAL se da a los 91 dias posteriores al ultimo pago al acreedor.

La CARTERA VENCIDA es TODA aquella gente que ha suspendido pagos y no existe un tiempo legal para definirla, pero, por lo regular la toman como tal a partir del 1er mes de suspención del pago.

Saludos.
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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeMar Mar 24, 2009 11:24 am

Gracias Eduardo y djlrc96:

Por cierto Eduardo, ya ves que en un principio me confundí con el número de contrato... pero luego te lo rectifique como el: 1040.

Ya no supe si me apartaron un lugar para el CENNED...

Me podrías confirmar

Gracias!
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MensajeTema: Re: PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA   PREGUNTA SOBRE DESPACHOS DE COBRANZA Icon_minitimeMar Mar 24, 2009 2:05 pm

djlrc96 escribió:
Amigo GCONTLA,

Reforzando lo que Eduardo te comenta:

La MORA de forma LEGAL se da a los 91 dias posteriores al ultimo pago al acreedor.

La CARTERA VENCIDA es TODA aquella gente que ha suspendido pagos y no existe un tiempo legal para definirla, pero, por lo regular la toman como tal a partir del 1er mes de suspención del pago.

Saludos.

Para complementar amigo, al menos en mi trabajo (y creo que para la mayoría) la cartera vencida se da desde el día siguiente a la fecha límite de pago.

Como ejemplo, si un cliente tiene fecha límite de pago del 18 de marzo, a partir del día 19 de marzo ya empezamos a llamarlo porque está en cartera vencida, eso explica el hecho de que nuestros acreedores estén encima de nosotros desde el principio sin ningún tipo de prórroga o consideración.

Cuando se elaboran las listas de trabajo en mi oficina tratan de darle prioridad a la gente que está en cartera vencida pero que su fecha de corte aún no llega, lo cual significa que si se ponen al corriente antes del corte no se generan los recargos e intereses moratorios.

De igual manera aplica para los despachos de cobranza extra judicial, tratan de meter más presión cuando se acercan las fechas de corte bajo el argumento de que las cuentas se van a elevar aún más, pero de cualquier modo eso parece ser mero trámite porque al final las negociaciones resultan ser mucho más favorables de lo que creemos.

Un saludo!
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