Cuando se apertura un crédito, se firma ( por lo general no nos fijamos) un documento en el cual declaras que autorizas al banco para , que en caso de no pagarles, se cobren de cualquier producto que tengas contratado, en este caso, la tarjeta de nómina es uno de esos productos. Entonces, desgraciadamente lo que comentas es legal, porque aunque ya no te acuerdes o haya pasado desapercibido, tú lo autorizaste...Pero bueno ¿cómo puedes arreglar la situación? Solicita a RH de tu empresa, que se te pague vía cheque, sí se sigue depositando en la cuenta que tienes con tu acreedor, te seguirán descontando, y la "portabilidad de nómina" no funciona en estos casos, así es que no vayas a aplicarla...
Saludos