Hoy por la mañana un cartero fue a dejarme esta notificacion de embargo por parte de RECUPERALIA despacho juridico
diciendo que
hemos realizo diversas gestiones a fin de recuperar el adeudo que tiene con finanza guardiana ibursa sa derivado de la contratacion del servicio de telefonia celular , ante su negativa de pago le informamos que se ha presentado escrito inicial de demanda en su contra ante el tribunal competente de la entidad, donde el c. juez señalo con fecha arriba señalada el dia 14 de junio este presente en mi domicilio a las 10:30 am para requerir el pago total del adeudo, en caso de negativa en el acto se procedera a garantizar el adeudo con bienes muebles e inmuebles a traves de emabargo, el cual sera hasta por 3 veces el importe de adeudo requerido se entendera diligencia con el personal que se encuentre o incluso con uno de los vecinos y el señalamiento de embargo lo hara el c. actuario adscrito al juzgado en acatamiento al auto exequendim dictado por el juez.
creemos conveniente señalar los articulos que marca el codigo de comercio y el codigo penal vigentes.
codigo de comercio.
art.1393- si el deudor no agauarda el dia y hora señalados para practica de la diligencia esta se efecturara con persona alguna que señale la parte actoral
art.1394 la diligencia de emabargo no podra suspendeser por ningun motivo hasta su conclusion
nos reservamos el derecho de denunciar penalmente la accion que por derecho corresponde de acuerdo a los siguientes articulos:
codigo penal
art 249 fracc II: se sancionara al que para eludir la practica de una diligencia judicial , notificacion o citacion de cualquier autoridad, oculte su domicilio o designe otro destino o nieuge de cualquier modo verdadero"
art 400: fracc II: se sancionara al que oculte o favorezca la ocultacion de personas o cosa alguna que encuadre en un delito o bine impida averiguacion de informacion"
evite embargo descrito para emplazarlo legamente proceso que se suspendera unicamente con el finiquito del adeudo, a nombre de fianzas guardiana inbursa sa, a la cuenta bancomer 613231 con la referencia indicada al inicio de este documento
firma una tal lomeli en fin hasta donde se las notifiaciones tienen que ir con firma original no digital osea a tinta y todo eso
el procedimiento legar iniciado, no se suspendera si el pago se realiza en un cuenta diferente a la mencionada
esto sucede ya que tenia un plan telcel y deje de pagarlo por motivmos economicos fuertes eso ya hace como unos 8 meses de lo cual no me he recuperado aun bien me podrian ayudar
esa deuda tiene mas de 3 años ya que por que me quisieron cobrar de mas no pague y se quedo tal cual por 9,500 hasta esta fecha me llego esa notificacion de embargo para el dia 15 de julio del 2013 queria saber que puedo hacer???