Buenas tardes
recibi un papel q decia q espere a los abogados designados el dia 25 de febrero del año en curso quienes se presentaran en mi domicilio acompañados de un actuario judicial que el juzgado correspondiente se sirva autorziar para el efecto de llevar acabo la diligencia embargo a que hacen referencia los articulos 1392,1393,1394 y en dado caso de oponerme al embargo el actuario podra solicitar el ayuda de la fuerza publica para el rompimiento y fractura de cerraduras.
E lcaso de esto es que la deuda q tengo con esta tienda no rebasa los 2,500 pesos y quisiera saber si lo q me estan diciendo podria realizarse ya q me familia esta asustada por este documento q llego, y que no dice si procede de algun despacho juridico solo trae dirreccion y telefono
Por favor me urge su asesoria...