Pues ni hablar, que imaginación tienen esos cobradores... ¿Inicio a la tramitación de ordén de embargo? ¿qué es eso? ¿en dónde se usa? Porque en México no...De hecho los embargos no se avisan, pues facilitarian que el deudor se vaya, de lo cuál no hay necesidad.Luego, la policia no esta a las órdenes de ningún particular (a menos que hablemos de policías corruptos, que aquí en México casi no hay...) ¿fraude? Estaria bien que cuando un deudor es amenazado con eso, preguntara que es, pues aseguro que una de 2, o los cobradores no estan familiarizados con el término, o simplemente quieren engañar...un fraude se da bajo condiciones muy específicas... falsificando documentos oficiales tales como IFE, comprobantes de ingreso, por ejemplo, sí nada de eso hiciste ¿cuál fraude? además, cuando el acreedor decide demandarte, los despachos de cobranza se hacen a un lado, ya no reciben su comisión. Por sí fuera poco, las deudas entran dentro de lo civil, por ellas nunca hay cárcel. Y como punto final, sólo el juzgado, puede embargar, nadie más.
Lo anterior es mi opinión basada en lo que he aprendido en esta página, el punto de vista del staff, tendría preponderancia.
Saludos