A ver que les parece esta nota, del Periódico Reforma publicada el día de hoy:
"Proponen reglamentar a despachos por hostigar y amenazar a deudores, por lo que podrían ser acusados de extorsión y al pago de multas
Claudia Guerrero y Mariel Ibarra
Ciudad de México (9 octubre 2012).- La bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI) llevará al Pleno del Senado una reforma para castigar hasta con ocho años de cárcel a quienes realicen cobros extrajudiciales a los deudores a través de técnicas abusivas, ya que su conducta podrá equipararse al delito de extorsión.
De acuerdo con la iniciativa, los integrantes de despachos jurídicos que hostiguen a los deudores con requerimientos amenazantes o conductas de acoso podrían hacerse acreedores, además, a una multa de hasta 1.5 millones de pesos.
La propuesta será presentada en la sesión ordinaria de este martes por el senador priista Jesús Casillas, quien aseguró que, en la mayoría de los casos, los métodos para el cobro extrajudicial son inapropiados ya que se utilizan amenazas de prisión, golpes, o cualquier forma de violencia en el deudor o sus familiares.
"Violencia, intimidaciones humillantes, intranquilidad familiar, conductas que colocan a los deudores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias y hasta simulación de autoridad, porque llegan a efectuar 'embargos' privados", denunció.
La reforma prohíbe a las entidades de servicios financieros realizar algún tipo de requerimiento de pago a sus clientes fuera de procedimiento judicial, sea a través de sus representantes, empleados o un tercero, como los despachos de cobro.
De aprobarse la propuesta, quedará prohibida la simulación de escritos judiciales, el envío de comunicaciones con terceros ajenos a la obligación y también queda prohibido realizar visitas o llamados telefónicos a la morada del cliente durante días domingos, o entre las 23:00 y las 7:00 horas.
En entrevista, el senador explicó que quienes incurran en ese tipo de abusos podrían ser castigados hasta con ocho años se prisión, ya que su conducta sería equiparada a la de un extorsionador.
"De 2 A 8 años de prisión. Las mismas penas se impondrán al que con motivo de realizar una cobranza extrajudicial, ejerza en las personas violencia, coacción o intimidación", se expone en la iniciativa.
Las penas se aumentarán hasta un tanto más si el constreñimiento se realiza por una asociación delictuosa, o por servidor público o ex servidor público, o por miembro o ex-miembro de alguna corporación policial o de las Fuerzas Armadas Mexicanas"."