Kristy:
Claro que no te pueden embargar así como así y menos por la cantidad que mencionas, para que se efectúe un embargo es necesario un proceso legal con antelación, solo en caso de títulos de crédito como los pagarés o las letras de cambio se puede efectuar en el momento de efectuarse la demanda. Sin embargo tu problema es por el No pago de un servicio.
Además si es la casa de tus padres menos, con que ellos prueben que no es de tu propiedad no podrán quitarles nada.
Sin embargo habla con ellos y diles tu situación, se que no entenderán pero te harán ganar tiempo mientras reúnes lo que les debes para liquidarles, recuerda que los despachos de cobranza quieren (más en estas fechas) recuperar lo que sea para ganarse su comisión, pero el artículo 16 y 17 de la constitución te respaldan ya que nadie puede ser molestado en sus propiedades ni en su persona sin el mandato de un juez.
Tranquila, cualquier cosa estamos para apoyarte
Saludos