¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 ¿DE LAS DEMANDAS?

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LAZC2411
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MensajeTema: ¿DE LAS DEMANDAS?   ¿DE LAS DEMANDAS? Icon_minitimeSáb Ene 16, 2010 1:41 pm

Hola amigos hace mucho que no posteaba, solo quisiera preguntar a Raven o el Abogado Vazquez y claro que a cualquier compañero que nos quiera aportar, que pasa si me demandan y no tengo ni un solo bien, ni dinero en cuentas a mi nombre? ni empleo? que dicta el juez en estos casos?
Les pregunto esto por que este es mi caso, me han llegado ofertas buenas pero la verdad no tengo ni para pagar dichas ofertas de descuento y como ya tengo 4 0 5 meses de mora legal pues ya quiero ir visualizando los posibles escenarios.

saludos.
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MensajeTema: Re: ¿DE LAS DEMANDAS?   ¿DE LAS DEMANDAS? Icon_minitimeSáb Ene 16, 2010 2:09 pm

MEJORA O REDUCCIÓN DEL EMBARGO

El Código de Comercio nuevamente es omiso a éstos puntos, por lo cual se debe acudir a la aplicación supletoria del Código de Procedimientos Civiles, En cuanto a la ampliación o mejora del embargo, el art. 541 dice:

Podrá pedirse la ampliación de embargo.

I. En cualquier caso en que a juicio del juez, no basten los bienes secuestrados para la deuda y las costas.

II. Si el bien secuestrado que se sacó a remate dejará de cubrir el importe de lo reclamado a consecuencias de las retasa que sufriere o si transcurrido un año desde la remisión, tratándose de muebles no se hubiere obtenido su venta.

III. Cuando no se embarguen bienes suficientes por no tenerlos el deudor y después aparecen o los adquiera.

IV. En los casos de tercería, conforme a la ley dispuesta en el art. décimo.
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LAZC2411
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MensajeTema: Re: ¿DE LAS DEMANDAS?   ¿DE LAS DEMANDAS? Icon_minitimeSáb Ene 16, 2010 2:18 pm

Gracias Hermes por tu oportuna respuesta, perdona mi ingorancia pero no entendi bien entonces que sucede, me podrias explicar un poco mas en terminos no tan tecnicos, gracias¡

saludos.
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MensajeTema: Re: ¿DE LAS DEMANDAS?   ¿DE LAS DEMANDAS? Icon_minitimeSáb Ene 16, 2010 2:57 pm

HOLA LAZC2411.

MIRA EN ESTE PAIS NADIE ESTA OBLIGADO A LO IMPOSIBLE, ADEMAS VEO QUE ERES AFILIADO SI TE LLEGASEN A DEMANDAR TU SOLAMENTE TENDRIAS QUE NOTIFDICARLO A MEXICO Y EL FORO TE MANDARA HASTA TU LUGAR DE ORIGEN UN ABOGADO CON TODO PAGADO PARA QUE TE CONTESTE LA DEMANDA.

Y AL MISMO TIEMPO PRESENTE LAS PRUEBAS NECESARIAS PARA COMPROBAR QUE NO TIENES EMPLEO Y QUE NO NIEGAS TU ADEUDO Y LO QUE PASARA ES QUE EL JUEZ EN BASE A ESO TE PODRA OFRECER PAGOS DE ACUERDO A TU CAPACIDAD............ NO TENGAS MIEDO QUE NO PASARA NADA GRAVE DE UNA DEMANDA BIEN LLEVADA SE PUEDEN OBTENER GRANDES BENEFICIOS........ SALUDOS
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MensajeTema: Re: ¿DE LAS DEMANDAS?   ¿DE LAS DEMANDAS? Icon_minitimeSáb Ene 16, 2010 7:24 pm

Mira la ampliacion del embargo significa que pueden embargar las cosas que a futuro te detecten (cosa muy dificil) a tu nombre.

Pero como dice y (y bien dicho) suponemos que tu como afiliado NO DEBES TEMER, pues esta garantizado el NO embargo por parte de DDD, asi mismo te comentamos que hace siglos que no se ve embargo por adeudos de Tarjeta de Credito y aunque no se cual sea el origen o tipo de tus deudas de todos modos es bien dificil que te demanden y mas aun que se te embargue. Ahorita no tenemos una bola de cristal para saber cuando se pueden poner feas las cosas pero no se ve en las calles carros de mudanza embargando, al menos no ahora y hace muuucho que no se ven. Animo!
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David Hernández Jiménez
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MensajeTema: Re: ¿DE LAS DEMANDAS?   ¿DE LAS DEMANDAS? Icon_minitimeDom Ene 17, 2010 8:45 pm

Buenas noches, quisiera saber el porcentaje de demandas que tienen actualmente detectadas de personas inscritas en este foro?
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MensajeTema: Re: ¿DE LAS DEMANDAS?   ¿DE LAS DEMANDAS? Icon_minitimeLun Ene 18, 2010 7:32 am

Ninguna y de las que han entrado ya venían con la demanda encima
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Abogado Vázquez
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Abogado Vázquez


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MensajeTema: Re: ¿DE LAS DEMANDAS?   ¿DE LAS DEMANDAS? Icon_minitimeLun Ene 18, 2010 5:16 pm

Si no tienes nada no pasa nada, solo al final en el incidente de ejecución de sentencia se va quedar abierto el juicio, hasta que vuelvas a tener dinero.
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