lo que sucede es que la acción de cobranza lleva un intermediario: el despacho de cobranza...¿qué no deberían de existir? estoy de acuerdo, pero existen y es algo legal.Pero bueno, el punto importante, es que no debes de pagar nada más porque ellos dicen. Debes verificar que la "quita" -promoción- realmente existe. para eso debes de llamar al acreedor. Si simplemente dice que si existe, entonces vas con el despacho y pides una carta convenio. Una vez que la tengas en tu poder y que respalde lo dicho, la subes para que sea revisada por un asesor. Así podrás pagar con toda la confianza de que no buscan engañarte los despachos, los cuáles son una "joyita". No te fíes de ellos...
Saludos