QUE TAL, MI CASO ES QUE PEDÍ UN PRÉSTAMO EN FAMSA POR LA CANTIDAD DE $7000 PESOS, MI PAGO DEBE SER DE 1000 PESOS MENSUALES, REALICE PAGOS DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL 2014 HASTA EL DÍA 04 DE AGOSTO DEL 2014, POR CUESTIONES DE UN ROBO A MI FUENTE DE TRABAJO DEJE DE PAGAR, NO ME NIEGO A PAGAR PERO POR EL MOMENTO NO TENGO CON QUE PONERME AL CORRIENTE, EL DÍA 20 DE FEBRERO DEL 2015 ME LLEGO UNA NOTIFICACIÓN EXTRAJUDICIAL, POR PARTE DE DIRECCIÓN DE PROCEDIMIENTOS LEGALES O ABOGADOS ASOCIADOS DONDE MENCIONAN QUE SE PRESENTARÍA UNA DEMANDA JUDICIAL Y QUE ESPERARA A LOS ABOGADOS CORRESPONDIENTES ACOMPAÑADOS DE UN ACTUARIO JUDICIAL EL DÍA 24 DE FEBRERO, DONDE REALIZARAN UNA DILIGENCIA DE EMBARGO Y HACEN REFERENCIA A LOS ARTÍCULOS 1391,1392,1393,1394 Y 1395 DEL CÓDIGO FEDERAL DE COMERCIO Y MENCIONAN QUE EN CASO DE QUE NO QUIERA PEDIRÁN EL APOYO DE SEGURIDAD PUBLICA ASÍ COMO PROCEDERÁN A EL ROMPIMIENTO Y FRACTURAS DE CERRADURAS , CON FUNDAMENTO AL ARTÍCULO 1.124 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES EN VIGOR Y DICE QUE LA LEY AUTORIZA A EMBARGAR BIENES EQUIVALENTES A TRES VECES EL MONTO DE LO ADEUDADO VIENE LA DIRECCIÓN DEL DESPACHO JURÍDICO Y TELÉFONOS Y FIRMADA SOLO POR EL DIRECTOR GENERAL, ME PUSE EN CONTACTO CON ELLOS VÍA TELEFÓNICA Y ME DIJERON QUE TENIA QUE PRESENTARME EN LA DIRECCIÓN QUE VIENE EL EL PAPEL QUE LLEGO PARA ACORDAR UN CONVENIO, POR CUESTIÓN DE DISTANCIAS NO PUDE HACERLO, EL DÍA MENCIONADO NO SE PRESENTARON, AHORA BIEN EL DÍA DE HOY SE PRESENTARON NUEVAMENTE ESTOS COBRADORES Y ENTREGARON DOS HOJAS UNA PARECIDA A LA ANTERIOR DONDE DICE QUE POR CAUSAS AJENAS A SU VOLUNTAD Y QUE CORRESPONDEN AL ACTUARIO JUDICIAL (SE OCUPO MAS TIEMPO DEL PLANEADO EN LOS EMBARGOS ANTERIORES AL MIO) NO SE LLEVO EL EMBARGO QUE ME NOTIFICARON ANTERIORMENTE, Y ME DIERON UNA NUEVA FECHA PARA EL DÍA 13 DE MARZO DEL 2015 A LAS 13:00HRS Y QUE SI NO DESEO SER EMBARGADO TENGO QUE LIQUIDAR $90,000 MAS GASTOS DE COBRANZA MENCIONAN QUE A PARTIR DE ESTA FECHA TENGO 24 HORAS PARA PASAR A LIQUIDAR MI DEUDA EN LA INSTITUCIÓN CREDITICIA O EL EMBARGO SE LLEVARA A CABO HASTA SUS ULTIMAS CONSECUENCIAS Y LA OTRA HOJA DICE ARRAIGO PARA PRÓXIMO EMBARGO Y DICE QUE EL PREDIO DONDE VIVO ESTA EN INVESTIGACIÓN PARA LITIGIO Y SEA MOTIVO DE UNA DILIGENCIA JUDICIAL Y MENCIONAN LOS ARTÍCULOS 175, 305 DEL CÓDIGO PENAL Y EL ARTICULO 388 BIS DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, ESTAS HOJAS SOLO VIENEN CON UN SELLO DE DIRECCIÓN GENERAL DE PROCEDIMIENTOS LEGALES, ADEMAS QUE LA PERSONA QUE DEJA LOS PAPELES MENCIONA QUE HASTA LA DUEÑA DE LA CASA O FAMILIARES SE IRÁN A JUICIO, ACLARO QUE NO TENGO AVAL NI ME PIDIERON TÍTULOS DE PROPIEDAD, NI LA DUEÑA DE LA CASA FIRMO NADA MAS QUE YO, POR FAVOR NECESITO ORIENTACIÓN A QUE HACER, QUIERO PAGAR PERO NO PUEDO DAR LOS 1000 PESOS MENSUALES QUE ME PIDEN, PUEDEN EMBARGAR A SEGUNDAS O TERCERAS PERSONAS SI NO HAY TÍTULOS DE PROPIEDAD O AVALES DE POR MEDIO? LES AGRADECERÍA SU AYUDA