Aquí va otra carta de Legaxxi, bajo amenaza inminente!! La verdad es que me alarme y pues sufri otro episodio de hipotension. Pero ya he leído los links que me enviaron sobre la reforma financiera.
Tengo otra duda!!, en caso de que llegue a realizarse un juicio para pagar, no tengo avales y vivo con mis papas y es evidente que todos sus vienes están a sus nombres, no tengo nada propio aun, es posible que procedan a embargar?
les agradezco su tiempo!!!
JUAN ANTONIO RIVERA GOMEZ
Diciembre 2013
“Radicación de personas y Retención de Bienes”
Son las dos figuras jurídicas que se crean para recuperación de préstamos, el martes 26 de noviembre el senado aprobó la reforma financiera creándose un catálogo de medidas judiciales para evitar la morosidad y la evasión de pago.
1.- Radicación de Personas (No podrán ausentarse del lugar donde se realiza el juicio en su contra)
2.- Retención de Bienes
3.- Se le podrá pedir al deudor muestre los bienes con los que cuenta para garantizar el pago del crédito.
Estamos conscientes de la situación que predomina por esta razón: pensando en su tranquilidad y la conservación de su patrimonio. Nuestro representado le ofrece la opción de liquidar su crédito Santander terminación: 9419 antes de la promulgación de esta ley.
Saldo total pago para liquidar Fecha límite de pago
$47,736.00 $16,709.00 30 DE DICIEMBRE 2013
Pagar su deuda es una buena inversión.
ESTA CARTA ES CONSTANCIA DE SU CONVENIO NO LA DESHECHE, REPORTE SU PAGO DE INMEDIATO
* Cualquier pago deberá realizarlo en la cuenta 9419 previa negociación. En caso contrario, cualquier pago será abonado conforme a las políticas generales del Banco (pago parcial sobre el saldo total que a esa fecha refleje su crédito)
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