1.- Los embargos nunca se avisan, caen de sorpresa, caso contrario los posibles embargados se ausentarian a la hora del embargo, como cobranza no tiene autoridad para entrar a la fuerza a ningún domicilo, no tiene caso que avisen, de hecho, es ilógico. O sea, si te avisan ni te apures, es puro cuento.
2.- El embargo lo realiza el juzgado, nunca el acreedor y menos su representante (/ despachos de cobranza)
3.- no se puede embargar un domicilio en el que ya no vives, por ese lado ni te preocupes.
4.- Checa en el círculo de crédito realmente cuanto debes, porque cobranza tiende a inflar las deudas, para que pienses " ¿y sí no pago, cuánto deberé en un año?" Esa es la finalidad.
Espero que estes más tranquilo. Saludos.