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| PUEDEN EMBARGARME SIN CITATORIOS | |
| | Autor | Mensaje |
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gabo_rendin Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 2
| Tema: PUEDEN EMBARGARME SIN CITATORIOS Jue Nov 22, 2012 8:08 pm | |
| BUENAS TARDES MI PROBLEMA ES EL SIGUIENTE....
MI MAMA ME SACO UNA TELEVISION Y UN CELULAR EN ELEKTRA LOS CUALES ME SALIERON CASI EN 20 MIL PESOS POR LOS 2 Y ESTABA PAGANDO PUNTUALMENTE PERO LAMENTABLEMENTE ME QUEDE SIN TRABAJO Y DEJE DE PAGAR A LO CUAL DEBIA YA COMO 3000 PESOS. DESPUES DE SEMANAS VENIA EL COBRADOR Y ME EXIGIA GROSERAMENTE UN MONTO DE CASI 10MIL PESOS OTRA VEZ. A LO CUAL HARTO DEL TRATO DEL COBRADOR TERMINAMOS POR MANDARNOS MUY LEJOS. AHORA DESPUES DE CASI 4 MESES QUE NO SUPIMOS DE ELLOS LLEGO UN LICENCIADO MUY PREPOTENTE A MI CASA DE LA DIRECCION GENERAL DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES..EJECUTIVO MERCANTIL CON UNA FIRMA DEL LICENCIADO JOSE MARIA MARIA GALVAN MONTERROSAS EL CUAL SUPUESTAMENTE ES EL DIRECTOR CON UNA ORDEN QUE DICE QUE ME EMBARGARAN EL LUNES 26 DE NOV A LAS 16:00hrs CON ROMPIMIENTO DE CHAPAS, FUERZA PUBLICA ETC. MI DUDA ES SI ELEKTRA PUEDE EMBARGAR SIN UNA ORDEN OFICIAL YA QUE A LO QUE SABIA ANTES DEBE HABER CITATORIOS? ADEMAS LA HOJA QUE VINIERON A DEJARME VIENE LLENADA A MANO EN DONDE VA EL NOMBRE. | |
| | | Megadeudor Experto
Nivel : Afiliado Soy de : Querétaro Sexo : Masculino Deudas pagadas : 8 Mensajes : 3527
| Tema: Re: PUEDEN EMBARGARME SIN CITATORIOS Jue Nov 22, 2012 9:20 pm | |
| Veamos. en pocas palabras tu acreedor te quiere embargar...NO PUEDE, a menos que se lo permitas, es decir, no es legal, pero aqui estan apostando a que tu desconozcas tus derechos. Nadie puede hacerce justicia por mano propia, primero debe denunciarte ante la autoridad y esa se encargara de proceder, no el acreedor. La constitución no lo permite, mira: https://www.defensadeldeudor.org/t26893-diccionario-articulos-14-16-y-17-constitucionales?highlight=articulosCómo puedes ver, la constitución te protege. Ahora, un embargo no se avisa, claro, como amenaza suele ser efectivo, pero, un embargo legal no lleva aviso, porque entonces se propiciaria que el demandado ( Para embargo debe haber demanda, y te tienen que entregar copia de la misma, sin eso, nomás no se puede) se diera a la fuga con todas sus cosas.Por eso no se avisa, lo contrario sería ilógico, ¿no? Y hasta te dieron la fecha y la hora...No debe haber citatorio antes del embargo, pero al proceder deben presentar la información pertinente ( copia e demanda, en hojas tamaño oficio, cédula de la demanda, y claro la persona que va a realizar el procedimiento debe identificarse como actuario, enviado por el juzgado). Creo que un cobrador se quiere pasar de listo en tu caso, eso es muy común.Pero no por eso te vas a dejar. Saludos, Nota: Te comparto mi Opinión, pues las asesorias las da el staff. | |
| | | gabo_rendin Novato
Nivel : Usuario Soy de : CDMX Sexo : Masculino Mensajes : 2
| Tema: MUCHAS GRACIAS LA VERDAD ME DISTE UN POCO DE TRANQUILIDAD Y NO VIENIERON CUANDO DIJERON GRACIAS AHORA CONOZCO UN POCO MAS GRACIAS A GENTE QUE SI AYUDA COMO USTEDES Jue Nov 29, 2012 3:46 pm | |
| - Megadeudor escribió:
- Veamos. en pocas palabras tu acreedor te quiere embargar...NO PUEDE, a menos que se lo permitas, es decir, no es legal, pero aqui estan apostando a que tu desconozcas tus derechos. Nadie puede hacerce justicia por mano propia, primero debe denunciarte ante la autoridad y esa se encargara de proceder, no el acreedor. La constitución no lo permite, mira:
https://www.defensadeldeudor.org/t26893-diccionario-articulos-14-16-y-17-constitucionales?highlight=articulos
Cómo puedes ver, la constitución te protege. Ahora, un embargo no se avisa, claro, como amenaza suele ser efectivo, pero, un embargo legal no lleva aviso, porque entonces se propiciaria que el demandado ( Para embargo debe haber demanda, y te tienen que entregar copia de la misma, sin eso, nomás no se puede) se diera a la fuga con todas sus cosas.Por eso no se avisa, lo contrario sería ilógico, ¿no? Y hasta te dieron la fecha y la hora...No debe haber citatorio antes del embargo, pero al proceder deben presentar la información pertinente ( copia e demanda, en hojas tamaño oficio, cédula de la demanda, y claro la persona que va a realizar el procedimiento debe identificarse como actuario, enviado por el juzgado). Creo que un cobrador se quiere pasar de listo en tu caso, eso es muy común.Pero no por eso te vas a dejar.
Saludos,
Nota: Te comparto mi Opinión, pues las asesorias las da el staff. | |
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