Buenas noches, el dia de hoy recibí este mensaje de vivus.
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO
PRESENTE:
LICENCIADA STEPHANIE CASTELLANOS BLANCO, mexicana, de sexo femenino, mayor de edad, ocupación Abogado, con grado de estudios Licenciatura en Derecho, con Cédula Profesional número 10253179 expedida por la dirección general de profesiones en mi carácter de endosatario en procuración de la persona moral “VIVUS MX”, con Domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en calle Asturias 39, Insurgentes Mixcoac, C.P. 03900, CDMX, México., autorizado para recibirlas en nuestro nombre y representación en términos del artículo 1069 tercer párrafo del Código de Comercio Vigente, mismas que se exhiben adjuntas a la presente demanda para los fines legales a que haya lugar., ante usted con el debido respeto exponemos:
Que vengo en la vía ejecutiva mercantil y con el carácter de endosatarios en procuración de la empresa “VIVUS MX”, a entablar demanda en contra del C. ****** como deudor principal quien puede ser emplazado en ********(((, por el número de contrato 3007245797.
P R E S T A C I O N E S:
a) El pago de la cantidad adeudada.
b) El pago de los intereses moratorios calculados sobre la fecha en que se incurra en mora hasta la fecha de pago vencido a la tasa que resulta multiplicar por tres la tasa anual TIIE la cual se define como “TASA TIIE” la tasa de interés interbancaria de equilibrio a plazo de 28 días determinada por el Banco de México y publicada en el Diario Oficial de la Federación.
c) El pago de los gastos y costos que se originen por la tramitación del presente juicio.
Fundo mi demanda en las siguientes consideraciones de:
H E C H O S:
1.- El hoy demandado suscribió a favor de nuestra representada un pagare, lo anterior por la adquisición de DINERO EN EFECTIVO, mismo pagaré que firmo con firma electrónica por su propio derecho.
2.- La cantidad suscrita en el pagaré por ambas parte, misma que sería pagada de la siguiente forma, en un plazo de 15 a 30 días, hasta cubrir el importe total del documento base de la acción siendo el pago el día al finalizar el término del pagaré; así mismo, se pactó un interés moratorio calculado sobre la fecha en que incurra en mora hasta la fecha de pago vencido a la “TASA TIIE” la tasa de interés interbancaria de equilibrio a plazo de 28 días determinada por el Banco de México y publicada en el Diario de la Federación.
3.- En base a lo anterior a lo anterior, tal y como se estableció en el tercer párrafo del documento base de la acción el demandado (a) reconocen que a partir del incumplimiento, causa interés moratorio a la tasa pactada y conforme a los artículos 128 y 165 fracción 11 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el podrá ser presentado para su pago en cualquier tiempo a partir de la fecha de su suscripción y hasta el día del pago, manifestando que a la fecha no han efectuado pago alguno para liquidar el adeudo contraído en su momento, por lo que solicitamos los requeridos por el pago total de la cantidad al día que se llevará acabo la liquidación de dicho adeudo, por concepto de suerte principal, más intereses moratorios hasta la totalidad.
C O N V E N I O D E R E C O N O C I M I E N T O D E A D E U D O
Convenio de reconocimiento de adeudo que celebran por una parte Andrea Alejandra Peraza Ibańez , que en lo sucesivo se le denominará DEUDOR, a VIVUS MX que en lo sucesivo se denominará ACREEDOR bajo las siguientes declaraciones y clausulas.
D E C L A R A C I O N E S
Declara el DEUDOR:
1. Tener un adeudo con VIVUS MX por concepto de incumplimiento.
2. Que el ACREEDOR le otorga un beneficio sobre el adeudo total correspondiente y estar conforme con la celebración del presente convenio en los términos y condiciones que se indican.
Declara el ACREEDOR:
1. Que el ACREEDOR le otorga un beneficio sobre el adeudo total correspondiente y estar conforme con la celebración del presente convenio en los términos y condiciones que se indican.
Declaran AMBAS PARTES:
Que en el presente convenio no existe dolo o mala fe.
Que aceptan y se comprometen a cumplir con las obligaciones que han adquirido mediante la celebración del presente convenio.
C L A U S U L A S
PRIMERA. - El DEUDOR se compromete a pagar la cantidad establecida al acreedor por concepto de incumplimiento de pago, cantidad resultante una vez que el acreedor le ha otorgado al deudor el valor total de la deuda.
SEGUNDA. - AMBAS PARTES acuerdan que la forma de pago será en una sola exhibición mediante transferencia electrónica a la cuenta SPEI perteneciente al DEUDOR con el acreedor VIVUS MX.
TERCERA. - En caso de que el DEUDOR no efectúe el pago correspondiente se entiende como incumplimiento de convenio, en tal caso el ACREEDOR tendrá la facultad de denunciar ante las autoridades correspondientes e iniciar un proceso de cobranza judicial por el adeudo total, además de solicitar el resarcimiento de daños y perjuicios, así como cobrar una penalización correspondiente a $750.00 pesos diarios.
Una vez leído y aceptado en su totalidad de declaraciones y clausulas, el DEUDOR y el ACREEDOR firman el presente convenio.
El préstamo fue de 6000 y me estan cobrando 24000 por 1 mes de atraso, será amenaza o debería preocuparme?