Recuerda que esos 10 años comienzan a correr a partir de que venza el título de crédito y no a partir del inicio de tu suspensión de pagos. En el caso de los créditos bancarios, esas fechas son poco claras y podrían pasar 20 o 30 años para que venza el título de crédito. Además la deuda no prescribe, lo que se agota es el tiempo que tenía el acreedor para demandarte judicialmente.
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