¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 Demanda (referencia 50000111)

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karmenvazquez
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MensajeTema: Demanda (referencia 50000111)   Demanda (referencia 50000111) Icon_minitimeMar Nov 24, 2009 7:42 am

Hola a todos los compañeros del foro

Espero me puedan orientar, el día de ayer un tipo hablo a mi trabajo diciendo
que habia una demanda en mi contra en el juzgado septimo oficilia no. 4,
y que en domicilio nunca me encontraron por eso fue de este modo.
Dejo dos nuemeros telefonicos, marque y me contestaron del despacho Martinez Treviño y Asociados y dijeron que el miercoles iran a embargar la casa de mi mama.
O que tengo hoy para pagar el total de la deuda ó hacer un pago de 9,920.00
para que no me embarguen.
Por lo que he leido esto no puede ser via telefonica pero el tipo de hablo primero
estaba muy serio y dijo que solo me avisaba no me pedia que pagara.
Estoy preocupada

Gracias por su atencion y todos sus consejos
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silviamar
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silviamar


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MensajeTema: Re: Demanda (referencia 50000111)   Demanda (referencia 50000111) Icon_minitimeMar Nov 24, 2009 8:07 am

Lee las Guias del Deudor:

Los cobradores de despacho buscaran siempre los puntos débiles del deudor, este es SU trabajo y de ahí, ganan el dinero para mantener a sus familias, así que usaran prácticamente cualquier truco o estrategia para lograr su objetivo. De acuerdo a nuestros especialistas y abogados, lo ideal en estos casos será, el tener una estrategia pre diseñada para cerrar las puertas de forma eficiente contra cualquier artimaña que elaboren.

Estas son sus principales armas:

a) La intimidación. Amenazas de demandas y embargos; presuntos “citatorios judiciales” y extrajudiciales.

b) El insulto. Llamarnos “rateros”, “morosos”, “defraudadores”, serán tan solo unos pocos de los muchos insultos que nos harán estas finas personas.

c) Evidenciarnos. Llamadas a nuestros familiares, amigos y al trabajo, para tratar de hacernos “quedar mal” y decirles que somos unos incumplidos y que nuestras deudas ascienden a no se cuantos miles de pesos. Lo mismo visitas a nuestros vecinos y la colocación de letreros engomados en nuestro hogar o cercanos al mismo para hacer “que todo mundo vea” cuanto debemos.

d) La farsa. Al llegar a nuestros hogares haciéndose pasar por abogados, con presuntas ordenes de embargo y citatorios tan validos, como billetes de 3 pesos.

De todas maneras para que estes mas tranquila envia un mensaje privado por el Área VIP ya que eres afiliada, pero tienes que esperar un poquito hasta que lleguen a las oficinas.

Y si te das cuenta te contestaron de un Despacho.

Saludos y espero haberte ayudado en algo.
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MensajeTema: Re: Demanda (referencia 50000111)   Demanda (referencia 50000111) Icon_minitimeMar Nov 24, 2009 8:17 am

karmenvazquez

Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio
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MensajeTema: Re: Demanda (referencia 50000111)   Demanda (referencia 50000111) Icon_minitimeMar Nov 24, 2009 8:19 am

Citación :
Dejo dos nuemeros telefonicos, marque y me contestaron del despacho Martinez Treviño y Asociados y dijeron que el miercoles iran a embargar la casa de mi mama
.

Cabe señalar que el deudor debe ser propietario porque en caso contrario el legitimo propietario puede interponer una tercería excluyente de dominio.

El procedimiento mercantil se materializa en una serie de actuaciones que deben estar sujetas a determinadas prescripciones, como las siguientes:

1. Deben llevarse a cabo en días y horas hábiles, su pena de nulidad. Lo anterior esta regulado en el art. 1064 del Código de Comercio.

2. Es necesario que el secretario haga constar en el escrito el día y la hora. Esto debe entenderse por dar o correr traslado.

3. Igualmente, en os pleitos, las vistas serán públicas, y el acuerdo y diligencias de prueba, reservadas.

) NOTIFICACIONES

Por notificación debe entenderse el medio legal por el cual se da a conocer las partes o a un tercero el contenido de una resolución judicial.

El Código de Comercio es omiso cuando al señalamiento de las diferentes clases de notificaciones en los juicios mercantiles, no así el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. El cual indica que las notificaciones pueden ser por cédula, personales, por boletín judicial, por edictos, por correo o por telégrafo,

El Código de Comercio resalta los puntos siguientes:

1. El art. 1069 del Código de la materia regula la forma de llevar a cabo una notificación, cuando el litigante en su primer escrito, domicilio ubicado en el lugar del juicio, Para tal efecto se señala que las notificaciones se harán conforme a las reglas para las notificaciones que no sean personales.

2. Si no se señala el domicilio del demandado, la notificación deberá hacerse publicando la determinación respectiva por tres veces consecutivas en el periódico oficial del Estado o del Distrito Federal.

3. Si no se señala el domicilio de la contra parte, deberá requerirse para que lo haga.
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juanete
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MensajeTema: Re: Demanda (referencia 50000111)   Demanda (referencia 50000111) Icon_minitimeMar Nov 24, 2009 8:38 am

Karmen ya te dieron una excelente asesorìa en cuanto a como procede un embargo, ahora bien, debes tomar en consideraciòn:
Quien es tu acreedor
Cuanto es el monto de tu adeudo
Que tiempo tienes de no pagar
Es el primer contacto con un despacho
Esto te lo comento porque en este caso estan hablando de un despacho de cobranza y no directamente de tu acreedor, por lo cual como bien te dice silviamar, ya esta dando resultado su estrategia.
En lo personal siempre he recomendado hacerles frente a los despachos y hablar con ellos, puesto que es mejor tener a tu enemigo al lado para saber que hace ¿no crees?, que algunos son intransigentes, pues si pero es parte de la guerra.
Tranquilizate, si tu mamà no es tu aval o solidario entonces no te preocupes conque los mande por donde vinieron es màs que suficiente .
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MensajeTema: Re: Demanda (referencia 50000111)   Demanda (referencia 50000111) Icon_minitimeMar Nov 24, 2009 10:27 am

Hola karmenvazquez

Tu como afiliada tienes el derecho de usar la opcion de denunciar a los despachos abusivos para que DDD se encargue de ponerlos en su lugar, te digo que a todas luces es una mentira lo que te dice este despacho.

Saludos
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MensajeTema: Re: Demanda (referencia 50000111)   Demanda (referencia 50000111) Icon_minitimeMar Nov 24, 2009 11:19 am

VIL PATRAÑA DEL DESPACHO:


POR ESA CANTIDAD NO TE VAN A DEMANDAR JAMAS EN LA VIDA

NO TE PUEDEN AMENAZAR CON UN FALSO PROCESO JUDICIAL, ES UN DELITO Y SE LLAMA EXTORSION.

NO SE TE PUEDE NOTIFICAR POR TELEFONO

A TODOS NOS HAN HECHO ESTOS TEATRITOS PREGUNTALE A HERMES UN DIA LE DIJERON QUE ESTABA EL ACTUARIO DEL JUZGADO SENTADO JUNTO AL COBRADOR TELEFONICO, IMAGINATE.
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karmenvazquez
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MensajeTema: Re: Demanda (referencia 50000111)   Demanda (referencia 50000111) Icon_minitimeMar Nov 24, 2009 12:13 pm

Muchas gracias por sus respuestas, me tranquilizo un poco.
Debia 33,000 segun ahora ya son 53,000. a Banamex.
Sera bueno que les llame para decirles que si voy a pagar pero por el
momento no puedo.
Si no quedo sin trabajo espero el año que entra, ya que llevo 1 año 3 meses sin pagar.

Espero este tema sirva para otros compañeros.

Buen día
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juanete
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MensajeTema: Re: Demanda (referencia 50000111)   Demanda (referencia 50000111) Icon_minitimeMar Nov 24, 2009 12:50 pm

Karmen, como bien lo menciona Raven, por esa cantidad no se toman la molestia. Llevas muy buen tiempo para negociar un buen descuento, esto puedes enfocarlo vìa DDD (claro esta cuando tengas la posibilidad).
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