Me llegó nuevamente este correo, la última vez me llegó un correo que liquida a con 500 pesos mismos que cuando hable me dijeron que era otra cantidad ya que en el correo que me decían que era solo dentro de seis horas pero yo ví el correo después de ese lapso ,yo no cuento con la cantidad que me piden ahorita pero son muy muy groseros para hablar con ellos ,no se si esto ya sea vdd o bien me pueda esperar a que me negocien otra vez una quita ? O ya vayan a ir a mi domicilio a realizar levantamiento de bienes :(
Nos constituimos en este domicilio en representación de DINERIA, a efecto de practicar una “DILIGENCIA LEGAL DE PAGO” del saldo arriba mencionado, derivado del préstamo personal. Certificado en este domicilio fiscal del adeudo, la existencia de bienes muebles (menaje y autos) e inmuebles que serán señalados en la futura diligencia de SEÑALAMIENTO DE BIENES.
Debido a su incumplimiento de pago, hemos iniciado formalmente las acciones de cobro correspondientes, en base a lo anterior, se practicará la diligencia sobre sus bienes, a fin de garantizar el pago de la deuda, más los intereses moratorios que se han generado 2.0% diario y se sigan generando hasta la conclusión de la Litis, además de incluir los gastos y costas judiciales y de cobranza sobre el sueldo insoluto. INFORMANDOLE ADEMAS QUE SE HAN GIRADO INSTRUCCIONES DEL REGISTRO NEGATIVO MAS ALTO EN EL BURO NACIONAL DE CREDITO para que sea señalado como cliente moroso y evitar con esto que se otorgue algún tipo de crédito presente o futuro.
Art. 193 del CODIGO DE COMERCIO “No encontrándose el deudor a la primera búsqueda el inmueble señalado por el actor, pero cerciorándose de ser el domicilio de aquel, se le dejara citatorio fijándose hora hábil, dentro de un plazo comprendido entre las seis y setenta y dos horas posteriores, y si no acuda, se practicara la diligencia de embargo con los parientes, empleados o domésticos del interesado o cualquier otra persona que viva en el domicilio señalado o vecinos, siguiendo las reglas del Código Federal de Procedimientos Civiles, respecto a los embargos”.
Apercibiendo que aun cuando no estén a su nombre los bienes señalados, la carga de la prueba estará a su cargo, POSTERIOR AL MISMO. No tenga duda de que se agotaran todos los recursos legales para recuperar totalmente EL CONTRATO QUE FIRMO. Cabe señalar este documento cuenta con una copia la cual se integró al expediente su negativa de negociar y resolver su problema sin acudir a las instancias legales. Evite un problema del que ya tiene y un gasto adicional al requerir los servicios de un abogado, así como por incrementos por intereses sobre el monto insoluto.
REPORTE PAGO HOY MISMO Y EVITE QUE EL REPRESENTANTE ACUDA A DOMICILIO FISCAL O LABORAL POR ROTUNDA NEGATIVA DE PAGO
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