Todo aquello que sea instrumento de trabajo (sí tienes un taller, las herramientas, si eres escritor, aquello con lo que escribas, por decir) o básico para la vida diaria no es embargable ( cama, estufa, refrigerador) Todo lo que no esté a tu nombre - suponiendo que tu eres el deudor- y sea comprobable con facturas que es de un tercero, tampoco.
En este caso checa con un abogado particular cómo te puedes proteger contra el embargo, o en caso de que no sea posible ese pagar a un abogado, las universidades que tengan esa carrera -derecho- te ofrecen un servicio gratuito.
Saludos