¿Qué me pueden comentar acerca de este criterio?
{30 agosto 2007} La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que es inconstitucional que los bancos cedan o entreguen la cartera vencida de sus clientes morosos a empresas especializadas en la adquisición de deuda, lo que abre la puerta a que las personas cuya deuda fue traspasada a empresas de capital variable, que no sean instituciones de crédito, al Banco de México o fideicomisos establecidos por el gobierno federal, impugnen el pago requerido.
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