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 orientacion sobre embargo

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kprucita31
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kprucita31


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MensajeTema: orientacion sobre embargo   orientacion sobre embargo Icon_minitimeJue Dic 01, 2011 9:46 pm

Si la autoridad competente es decir el juez, puede mandar un ordenamiento de embargo sin previa notificacion al deudor principal y en consecuencia actuar directamente sobre los avales, sin haber agotado las instancias primarias sobre el deudor.

Cual es el fundamento legal para actuar asi, o en su defecto para considerar la improcedencia.

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MensajeTema: Re: orientacion sobre embargo   orientacion sobre embargo Icon_minitimeVie Dic 02, 2011 1:55 am

BUENOS DÍAS kprucita31

NO EXISTE NINGUNA IRREGULARIDAD PROCESAL CUANDO SE TRATA DE UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EJECUCIÓN ES, UN PROCEDIMIENTO JUDICIAL CON EMBARGO DE BIENES AL MOMENTO DE LA NOTIFICACIÓN SI ES QUE EL JUEZ ASÍ LO DETERMINO. AQUÍ TE DEJO ALGUNOS ENLACES CON MAS INFORMACIÓN AL RESPECTO:

https://www.defensadeldeudor.org/t27304-diccionario-titulo-ejecutivo-de-credito?highlight=ejecutivo

http://www.monografias.com/trabajos13/inpro/inpro.shtml

Y UN FRAGMENTO DE UNO DE ESTOS ENLACES DONDE SE HABLA AL RESPECTO:

7. Las providencias cautelares

Objetivo particular:
que son aplicables supletoriamente las del enjuiciamiento Al concluir esta parte del curso el alumno deberá tener conocimiento de que los juicios mercantiles las providencias precautorias deben regirse por las disposiciones especiales del Código de Comercio y Civil.
El embargo precautorio, en que momento debe promoverse y decretarse
Es un procedimiento cautelar tendiente a conservar el estado de hecho, que guardan los bienes del deudor para evitar que los enajene ,dilapide, u oculte y haga posible al acreedor la satisfacción del derecho real o personal que tenga que hacer valer mediante el ejercicio de la acción respectiva en el juicio definitivo.

Tiempo oportuno para promoverlo.
Se puede promover antes de entablar la demanda, o de instaurado el procedimiento pero antes de pronunciarse sentencia definitiva.

Motivo para solicitarlo.
Solo puede solicitarse el que acredite tener derecho real o personal en contra del deudor, y la necesidad de la medida solicitada .

Naturaleza de la prueba.
Debe fundarse en un principio de prueba, siendo admisibles la documental y la testimonial requiriéndose la declaración de 3 testigos idóneos.

Juez que puede decretarlo.
Debe ser un juez , que sea competente para conocer del negocio principal cuando se solicite como acto prejudicial , ya indiciado el juicio el juez que esta conociendo del negocio principal .

En contra de quien puede pedirse.
Solo puede decretarse en contra del deudor.
Derechos y obligaciones del ejecutante



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