Hola. Tratando de contestar tus preguntas:
1.- Normalmente, el acreedor turna el caso a un despacho de cobranza, estos inflan la deuda "a ver sí el deudor cae, y paga", el excedente, pues simplemente te lo están robando. ¿cuánto debes en realidad? lo puede averiguar consultando tu reporte del buró de crédito en dicho organismo, es gratuito una vez cada 12 meses ( tan sólo no vayas a pedir "score" pues ese, si cuesta)
2.- Sí no puedes demostrar con facturas que no te pertenecen, si se puede, pero ojo: eso sólo lo puede hacer el juzgado después de una demanda y un juicio. Nadie más, así se llame Inbursa o como sea.
Espero haber contribuido a disminuir tus dudas.
Saludos