Debe de haber algún tipo de contestación y esto es por que tu estas haciendo efectivo tu derecho de leyes de instituciones financiera y este es que tu puedes notificar al tu acreedor por que motivo estas suspendiendo los pagos , que no niegas tu adeudo solo que por el momento no tienes estabilidad económica para solventar mas que gastos de primera necesidad .
En dado caso de que estas personas no te den contestación de dicha carta tu ya cumpliste , lo importante aquí es poder a fecha para que tu tengas aun respaldo en dado caso de que estas personas intenten hacer algún tipo de tramite en tu contra hablando de una demanda , tu vas a poder poner eso como cómo una pruebe de que la notificación se mando tal día y que ellos hicieron caso omiso de dicha notificación que tu enviaste para decirles que no niegas el adeudo sino solo no podías pagar en un determinado lapso de tiempo .
En lo que te pueda ayudar con todo el gusto del mundo o hare.