Mmhh...la situación se ve difícil. Pero bueno, lo que debes de saber: El acreedor no puede embargar, ni el despacho que los represente, el embargo sólo lo puede hacer el juzgado, y eso, después de una demanda y no te van a avisar, como dices que te han dicho. La casa de tu mamá, si esta a nombre de ella, no pueden quitarsela, eso no es legal. En dado caso de un embargo se pueden llevar todo aquello que este en tu domicilio y que no tenga facturas a nombre de un tercero, y como la casa de tu mamá supongo esta escriturada no a tu nombre, pues nada pueden hacer con ella. La única manera, es que tu mamá hubiese sido aval del prestámo, sólo asi.
Saludos