El embargo se podra dar UNICAMENTE si eres demandado directamente por tu acreedor. En este caso, al existir reestructura, no evita la acción por parte del acreedor, pues la deuda existe y se rige por las leyes mercantiles de este pais aun y cuando no haya existido firma autógrafa, la aceptación de los terminos y condiciones de la reestructura se pueden dar en base a la acción (depositando algun monto en la cuenta reestructurada) o bien, por la omisión y aceptación al no inconformarte en el tiempo estipulado en tu contrato (entre 45 y 90 dias).
Pero aun así, no tienes mucho de que preocuparte, toda vez que el banco utilizara la vía legal como ultimisimo recurso y preferira negociar muchisimo antes que nada.
Te invito a que escuches nuestros programas de radio por Internet, te brindaran la tranquilidad y toda la información que requieres para que veas que tu situación, tiene fácil solucion, todo es cuestión de estar informado.
Te envio un saludo y te recuerdo que tu...
YA NO ESTAS SOL@.
¿Deseas una asesoría más personalizada sobre tu caso? llámanos:
5544400690 o envíanos un
WhatsAppLa CONDUSEF te dice todo lo que debes saber acerca de la reforma financiera y sus verdaderos alcances hacia el deudor: Clic aquí